Descripción
Subvenciones para la realización de actividades, proyectos y programas culturales
Descripción y conceptos subvencionables
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Va dirigido a subvencionar actividades, proyectos o programas culturales organizados por entidades jurídicas privadas radicadas en Gipuzkoa y desarrollados en Gipuzkoa.
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Áreas que abarca la convocatoria:
1) Actividades puntuales o concretas de investigación, creación, formación o promoción en las distintas áreas artísticas y culturales.
2)Programas anuales de entidades culturales de trayectoria demostrada así como de federaciones o entidades similares de las áreas artísticas o culturales.
La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de tal modo que tan sólo se subvencionarán aquellos proyectos que superen la puntuación requerida conforme a los criterios de valoración establecidos en el anexo de la convocatoria.
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Este programa de subvenciones se convoca anualmente.
Entidades beneficiarias
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Entidades jurídicas privadas radicadas en Gipuzkoa constituidas con arreglo a la legislación vigente e inscritas en los registros correspondientes (asociaciones culturales sin ánimo de lucro principalmente)
Requisitos
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Los proyectos o programas culturales deberán desarrollarse dentro del año natural de la convocatoria (de enero a diciembre).
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Los proyectos o programas culturales para los que solicitan la subvención deberán superar el ámbito local. Como criterio general, el importe de la subvención no superará el 70% de los gastos previstos.
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Toda publicidad y comunicación exterior de la entidad subvencionada deberá realizarse al menos en euskera.
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En toda la información, publicidad y propaganda relativas a la actividad subvencionada se hará constar la colaboración de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
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Las entidades que obtengan subvención deberán presentar, para el 1 de marzo del año siguiente (2013), la memoria de la actividad realizada, el balance económico (gastos e ingresos) y una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso fecha de pago, ya que las subvenciones se abonarán en dos partes: un 60% junto con la resolución de concesión y un 40% una vez realizada la actividad subvencionada.
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Las entidades deberán cumplir con todo lo derivado de la convocatoria, decreto y anexo correspondiente (ver normativa). El incumplimiento podrá dar lugar a la modificación de la resolución y en su caso a la devolución de la subvención.
Plazo de solicitud
Del 2012-04-25 al 2012-05-15
Categorías
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Sector: Sector INDUSTRIAS CULTURALES y CREATIVAS
Área: Producción y Promoción
Objetivo: Promoción e Internacionalización