GAUZATU INDUSTRIA (PYMES de base tecnológica y/o innovadoras) *Covid-19*

Descripción

GAUZATU-INDUSTRIA

Objetivo: Impulsar la creación y desarrollo de PYMES de Base Tecnológica y/o Innovadoras.

Requisitos: Podrán acceder a estas ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) que cumplan con la característica de ser Pymes industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores que se consideren de Base Tecnológica y/o Innovadoras. Estas empresas deberán además realizar una inversión mínima de 120.000 euros y conllevarán a su vez un mantenimiento y/ o una generación de empleos en un periodo máximo de 24 meses. Podrán acceder, igualmente, las empresas matrices de los grupos industriales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo soliciten, siempre que en su conjunto cumplan con las características del párrafo anterior y con la definición de PYME, teniendo en cuenta su situación económica consolidada.

La consideración de Empresas de Base Tecnológica y/o Innovadoras estará fundamentada en uno o varios de los siguientes criterios:

  • Operar en sectores industriales de alta tecnología (priorizándose Energía, Fabricación Avanzada y Biociencias-Salud).
  • Contar con altos niveles de inversión en I+D+i.
  • Explotar proyectos de I+D+i.
  • Que su propiedad industrial sea de carácter tecnológico protegida.
  • Encontrarse ubicadas en Parques Tecnológicos o, en Centros de Empresas e Innovación.
  • Disponer de accesibilidad a la oferta tecnológica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Convertir el conocimiento tecnológico en nuevos productos o procesos para su introducción en el mercado.
  • Que hayan iniciado su actividad y/o que estén tuteladas por un CEI, Centros de Empresas e Innovación
  • Dimensión global de la innovación empresarial.
  • Contar con un Plan de Internacionalización en el que se especifiquen la estrategia y las acciones a realizar para introducir sus productos en los mercados exteriores, señalando las zonas de interés y su periodificación.
  • Contar con una estrategia e iniciativa para su incorporación y desarrollo en la Sociedad de la Información, haciendo especial énfasis en la incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones al desarrollo de su actividad y modelo de negocio.
  • Contar con un Plan de igualdad o con certificados de entidad colaboradora en igualdades de oportunidades entre mujeres y hombres así como, protocolos contra el acoso sexista, medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, etc….
  • Las empresas de nueva creación que tengan su origen en proyectos de investigación y/o desarrollo tecnológico acogidos a los programas del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación del País Vasco.

Gastos subvencionables:Que se trate de alguna de las siguientes categorías, según la definición que, al efecto, establece el Plan General de Contabilidad, recogido en el Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, en los epígrafes siguientes:

203. Propiedad Industrial y Patentes.
206. Aplicaciones informáticas.
210. Terrenos y bienes naturales
211. Construcciones
212. Instalaciones técnicas
213. Maquinaria
214. Utillaje
215. Otras instalaciones
217. Equipos para procesos de información

La inversión en "Terrenos y Bienes naturales" y "Construcciones" se considerará por una cuantía máxima igual al resto de los activos susceptibles de apoyo. En el caso de superar dicha cuantía máxima, la inversión excedente no computará como inversión subvencionable.

Plazo de solicitud

Del 2019-05-04 al 2019-06-11

Categorías

  • Sector: COVID-19
    Área: Sector INDUSTRIA & Servicios Conexos
    Objetivo: Financiación
  • Sector: Sector INDUSTRIA & Servicios Conexos
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Proyectos Tecnológicos e Innovadores
Convocante: GOBIERNO VASCO / CAV : SPRI.