Ayudas destinadas a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica del sector agroalimentario, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia
Objeto: El objeto de esta orden es convocar para el ejercicio 2024 las subvenciones destinadas a entidades que realicen proyectos aplicables a una actividad industrial de transformación en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, con el fin de asegurar una transformación del sector productivo de la industria asociada. Las actividades objeto de esta ayuda son las de procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos encuadradas en la sección C - División 10.2 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007.
Gastos elegibles:
- Adquisición de activos fijos materiales vinculados a los objetivos del proyecto y al proceso productivo directa o indirectamente.
- Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones.
- Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
- Colaboraciones externas necesarias para el diseño o rediseño de procesos directamente relacionados con las inversiones vinculadas a las prioridades definidas en el anexo I del Real decreto 657/2024, de 9 de julio.
- La Memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto, que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo».
Beneficiarios: Podrán acogerse a las ayudas las sociedades mercantiles de carácter individual con personalidad jurídica propia, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial de transformación del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en cualquier punto del territorio nacional, y que no formen parte del sector público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
2024-09-05-etik 2024-10-16-era