Ayudas destinadas al DESARROLLO y a la DIVERSIFICACIÓN ECONÓMICA de las ZONAS RURALES (EREIN Privados)

Descripción

Ayudas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales clasificadas G4, G5 y G6 dirigidas a entidades de carácter privado (Erein privados)

Zonas rurales:

  • Errenteria: Zamalbide
  • Lezo: Herrigain
  • Oiartzun: Altzibar, Arragua, Ergoien, Gurutze, Iturriotz, Karrika, Ugaldetxo
  • Pasaia: Jaizkibel

Objeto: Serán objeto de ayuda las siguientes modalidades de inversión en la creación y desarrollo de actividades no agrarias que contribuyan al mantenimiento o incremento del empleo en las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

a) Actividades no relacionadas con el sector agrario pero que diversifiquen dicho sector. El concepto agrario incluye lo agrícola, lo ganadero y lo forestal. La persona beneficiaria deberá ser agricultora a título principal.

b) Constitución y desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas, de cualquier tipología de los sectores secundario y terciario, y proyectos desarrollados por personas físicas dadas de alta como autónomas, siempre que las inversiones no se destinen a la producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios. Se entenderá por desarrollo cualquier inversión que suponga un aumento de la productividad o una nueva línea productiva o de negocio. Podrán ser beneficiarias de esta línea de ayudas las empresas ubicadas en las zonas rurales objeto de esta convocatoria.

c) Creación neta de empleo. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, siempre que no sean agrarias, salvo que diversifiquen su actividad, y se ubiquen en zonas rurales. En todo caso, deberá tratarse de un empleo de al menos el 50% de las horas estipuladas en el convenio colectivo que sea de aplicación en cada caso. Asimismo, podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas desempleadas que vayan a adquirir la condición de empresa, residentes en las zonas rurales objeto de la presente convocatoria, que inicien un proyecto no agrario que genere su autoempleo.

Beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarias de las ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica, las comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos y actividades. Todas y cada una de las personas físicas o jurídicas privadas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidas en la presente Orden y sus normas de desarrollo y aplicación. Las ayudas recogidas en los apartados b) y c) del punto anterior son incompatibles entre sí.

Plazo de solicitud

Del 2021-12-31 al 2022-02-28

Categorías

  • Sector: Subsector AGRÍCOLA y FORESTAL
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Proyectos Inversión General
  • Sector: Para TODOS los SECTORES
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Proyectos Inversión General