Ayudas a la CREACIÓN y DESARROLLO de MICROEMPRESAS (Programa de Desarrollo Rural Sostenible - enfoque LEADER) *solo en Oiartzun: Ergoien, Iturrriotz, Arditurri

Descripción

Ayuda a la creación y desarrollo de microempresas (Programa de Desarrollo Rural Sostenible - enfoque LEADER)

 

Objetivos específicos:

a) Fomentar la creación de microempresas desde la iniciativa endógena en las zonas rurales de la CAPV recogidas en el anexo I de este Decreto.

b) Generar nuevos puestos de trabajo en las zonas rurales de la CAPV recogidas en el anexo I de este decreto, que contribuyan al mantenimiento o incremento de nuestra población rural.

c) Potenciar el espíritu empresarial y la capacitación de los habitantes del medio rural.

 

Beneficiarios:

Las personas beneficiarias serán microempresas, no ligadas al sector agroalimentario, que ocupen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, tal y como quedan definidas en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo.

 

Gastos subvencionables:

Podrán ser subvencionables las inversiones materiales o inmateriales realizadas por las microempresas auxiliables. Dichas inversiones tendrán que cumplir en todos los casos la normativa ambiental vigente en la CAPV.

En el caso de creación de nuevos establecimientos se tendrán en cuenta, en su localización, los instrumentos de planificación ambiental que permiten una integración de los aspectos relacionados con la biodiversidad en los modelos de ordenación del territorio.

En concreto, se considerarán gastos subvencionables los siguientes:

– Proyectos y dirección de obra con el tope del 10% de la inversión subvencionable.

– Ejecución material de las obras de urbanización.

– Ejecución material de las obras de edificación.

– Maquinaria.

– Utillaje.

– Mobiliario.

– Equipos informáticos y de comunicación, tanto hardware como software.

– Otras infraestructuras.

Podrá ser subvencionable cualquier proyecto de creación y/o modernización de microempresas de cualquier tipología de los sectores secundario y terciario, salvo las microempresas de transformación y comercialización agroalimentaria.

Las ayudas concedidas al amparo de esta medida, tendrán el carácter de minimis de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1998/2006.

La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta el 70% de los gastos elegibles.

Plazo de solicitud

Del 2014-08-23 al 2014-09-22

Categorías

  • Sector: Para TODOS los SECTORES
    Área: Inversión y Empleo
    Objetivo: Creación de Empresas (Autoempleo-Microempresas)