Programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Objeto: Programas de incentivos para la ejecución de, por un lado instalaciones ligadas al autoconsumo y al almacenamiento en distintos sectores con fuentes de energías renovables (solar fotovoltaica y eólica), y por otro de sistemas térmicos renovables: (biomasa, aerotermia, geotermia, solar térmica) exclusivamente en el sector residencial, y viviendas de propiedad pública y tercer sector, con la siguiente distribución:
– Programa de Incentivos 1 – Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
– Programa de Incentivos 2 – Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
– Programa de Incentivos 3 – Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
– Programa de Incentivos 4 – Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
– Programa de Incentivos 5 – Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
– Programa de Incentivos 6 – Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Beneficiarios:
Dentro de los programas de incentivos 1, 2 y 3 se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros: 1.º Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada. 2.º Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía. 3.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
Para los programas de incentivos 4 y 5 se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
e) Comunidades de propietarios
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Para el programa de incentivos 6 se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
d) Comunidades de propietarios
e) Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas
En todos los programas de incentivos previstos (del 1 al 6) los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes tanto de la administración local como autonómica correspondiente, podrán acceder a la condición de destinatarios últimos de las ayudas como representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable.
Del 2022-01-01 al 2023-12-31