Descripción
Ayudas a las actuaciones de eficiencia energética en la industria
Objeto: Incentivar la realización de actuaciones que reduzcan el consumo de energía y las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética. Las subvenciones se podrán aplicar a seis tipos de actuaciones:
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Tipo de actuación 1. Inversiones en mejora o sustitución de la tecnología en equipos, instalaciones, procesos industriales, así como sistemas auxiliares, consumidores de energía existentes. No podrá ser objeto de subvención la sustitución de un activo por otro basado en combustible fósil. En las inversiones asociadas a aumentos de capacidad productiva de instalaciones existentes, solo será elegible la parte proporcional correspondiente a la capacidad industrial de la instalación existente sustituida.
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Tipo de actuación 2. Inversiones en sustitución de equipos o instalaciones existentes dedicadas a la generación de energía térmica destinada a la alimentación de procesos productivos, por otros procedentes de energías renovables basados en bombas de calor (deberán tener un SPF superior a 2,5). No podrán ser objeto de subvención actuaciones en climatización para el bienestar térmico de las personas y/o generación de agua caliente sanitaria (ACS).
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Tipo de actuación 3. Implantación de sistemas de gestión energética (SGE) en empresas que no tengan la consideración de grandes consumidoras de energía de acuerdo con la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca. Los sistemas de gestión energética deberán cumplir la Norma UNE-EN ISO 50001 (esto no obliga a estar certificada bajo esta norma).
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Tipo de actuación 4. Inversiones en nuevas líneas de producción actualmente no existentes.
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Tipo de actuación 5. Instalaciones eléctricas nuevas y la adecuación de las antiguas por el aumento de potencia máxima admisible derivada de actuaciones en eficiencia energética, energías renovables o descarbonización.
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Tipo de actuación 6. Inversiones en descarbonización que conlleven reducción de emisiones GEI. Inversiones que conlleven una reducción de emisión de CO2, mediante la utilización de materias primas secundarias, subproductos de residuos, valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles, o sustitución de gases fluorados de elevado potencial de efecto invernadero por otros gases con potencial reducido o nulo efecto invernadero.
Beneficiarios: Empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y siempre que su CNAE 2025 se encuentre dentro de los grupos 07 a 39, excepto el grupo 12.
Plazo de solicitud
Del 2026-05-19 al 2026-12-31