APOYO FINANCIERO a PYMES, EMPRESARIOS INDIVIDUALES y PROFESIONALES AUTÓNOMOS (Elkargi - Oinarri)

Descripción

Programa de Apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, empresarios individuales y profesionales autónomos 

Objeto: Constituir una línea de financiación destinada a pequeñas y medianas empresas y a empresarios individuales y profesionales autónomos, y regular las condiciones y el procedimiento de acceso a la misma. Esa línea tendrá como finalidad permitir el acceso a la financiación bancaria para la cobertura de las necesidades de circulante, la renovación de la deuda a corto plazo y la adecuación de deuda a corto plazo en deuda a medio y largo plazo

Esa financiación bancaria se materializará en préstamos avalados por Sociedades de Garantía Recíproca y en condiciones de tipo de interés preferenciales .
 

Colectivo beneficiario:

1.- Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, entendiéndose por tales aquéllas que cumplan los siguientes requisitos:
- Que lleven a cabo una explotación económica.
- Que empleen a menos de 250 personas.
- Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
- Que no se halle participada directa o indirectamente en un 25%, o más, por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos.

 

2.- Los empresarios individuales y profesionales autónomos, domiciliados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, entendiéndose por tales aquéllos que cumplan los siguientes requisitos:
- Que estén dados de alta en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social.
- Que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Dotación. Las condiciones de las operaciones financieras serán las siguientes:

- La cuantía mínima por operación avalada será de 50.000 euros para Pymes y 10.000 euros para autónomos.
- La cuantía máxima por beneficiario avalado será de 600.000 euros para Pymes y 100.000 euros para autónomos.
- Instrumento: préstamo.
- Plazo: 3 años. Período máximo de carencia del principal, 1 año. Amortización e intereses trimestrales por períodos vencidos.
- El tipo de interés aplicable será el Euribor a tres meses más un margen de 1,50 %, revisable trimestralmente.
- No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional al préstamo.
- Los préstamos serán avalados por una sociedad de garantía recíproca. El coste del aval será de 0,15 % en concepto de comisión de estudio a la solicitud y una comisión de aval anual del 0,50 %. 

 

Plazo de solicitud

Del 2010-03-08 al 2010-12-15

Categorías

  • Sector: Para TODOS los SECTORES
    Área: Reestructuración Empresarial
    Objetivo: Adecuación Financiera