Subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la CAPV (LANHITZ)
Fomentar el uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la CAV.
Actividades subvencionables (4 grupos):
a) Primer grupo: actividades para fomentar el uso y/o presencia del euskera en la entidad sin que exista un plan de euskera. Podrá recibirse subvención en este grupo durante un periodo máximo de cinco años, siempre que hasta la convocatoria Lanhitz de 2021 no se haya recibido subvención o en las convocatorias posteriores no se haya recibido subvención en el grupo 2, 3 o 4.
b) Segundo grupo: realizar un diagnóstico de la situación del euskera en la entidad y diseñar el plan de euskera y, si se quiere, ponerlo en marcha realizando acciones sueltas. Las actividades de este grupo se subvencionarán en un solo año, siempre que hasta la convocatoria Lanhitz de 2021 no se haya recibido subvención o en las convocatorias posteriores no se haya recibido subvención en el grupo 2, 3 o 4.
c) Tercer grupo: actividades para fomentar el uso y la presencia del euskera a partir del plan de euskera de la entidad y del plan de gestión anual. No podrán ser beneficiarias de este grupo las personas o entidades hayan sido subvencionadas por Lanhitz durante 18 años o más.
d) Cuarto grupo: desarrollar proyectos lingüísticos estratégicos más allá del plan de euskera de la entidad con una larga trayectoria en el mismo o con un nivel avanzado en la gestión del euskera.Las entidades que hayan obtenido previamente el certificado Bikain tienen dos opciones: Las entidades que hayan obtenido subvención en este grupo durante tres años, deberán recibir la evaluación Bikain (total o parcial) para poder volver a ser beneficiarias por cuarta vez. - Después de obtener tres veces la subvención, para poder acceder por cuarta vez, volver a recibir la evaluación Bikain. - Ampliar esos tres años en dos años más como máximo. Para ello, durante esos dos años alguien de la plantilla deberá recibir formación de Bikain y ejercer como evaluador o evaluadora durante esos dos años, al menos en uno de los periodos anuales de evaluación de cada año. Aquellas entidades que han sido evaluadas previamente en Bikain y no han obtenido certificación: - Podrán percibir la subvención durante tres años a partir de la fecha de la evaluación de Bikain, pero para poder ser beneficiarias por cuarta vez, deberán haber sido evaluadas en Bikain otra vez.
Entidades o personas solicitantes:
Del 2025-06-11 al 2025-07-10